Cierres permanentes a quienes violen decreto en Aguascalientes

Los operativos se llevarán a cabo por parte de autoridades municipales y de la Guardia Sanitaria

Los operativos que se llevarán a cabo para vigilar el cumplimiento del decreto emitido por las autoridades de salud y estatales, estarán a cargo de la Dirección de Reglamentos, en conjunto con la Guardia Sanitaria y Mercados Municipales, las cuales tienen la facultad de incluso cerrar los establecimientos, en caso de que no cumplan con las restricciones.

Así lo señaló el Director de Reglamentos Municipales, David Ángeles Castañeda, quien enfatizó en la coordinación que mantendrá con las autoridades para hacer cumplir el decreto emitido con las restricciones a causa de la pandemia, en lo que corresponde a la suspensión de eventos o fiestas sociales, espectáculos públicos en espacios abiertos o cerrados, en fiestas patronales y visitas a panteones.

Asimismo, señaló que también vigilarán la reducción del aforo con cierre a las 23:00 horas en giros reglamentados por el Ayuntamiento de Aguascalientes, como son bares, cantinas, centros nocturnos, salones de fiestas o tiendas de conveniencia.

Otro punto es la reducción de aforos al 50% en espacios de uso común como parques, jardines, plazas, mercados y centrales de abasto, asimismo, en los espacios que manejan licencias comerciales que no son relativas a actividades esenciales, como gimnasios y prestadores de servicios.

También se considerará el acceso individual y restricción a grupos o parejas, así como la prohibición de la entrada a menores de 15 años en centros comerciales y supermercados; la medida también es efectiva en funerarias, donde se deberá permitir un aforo de 20 personas y duración máxima de cuatro horas en servicios funerarios, siempre y cuando el deceso no haya sido por Covid.

Finalmente, el funcionario resaltó que de no cumplir con las restricciones de dicho acuerdo que estará en vigor desde las 00:00 horas del 13 de enero hasta las 23:59 del 24 del mismo mes, se emitirán sanciones, en primera instancia amonestaciones, multas que van de una a mil veces el salario mínimo y de acuerdo al Código Municipal puede ser hasta tres mil veces, o en su caso la clausura temporal o definitiva y que puede ser parcial o total, así como la cancelación de la licencia y finalmente el arresto hasta por 36 horas, que dependerá del comportamiento hacia las autoridades, tenemos esa facultad dictada en ese acuerdo y sustentada en las leyes federales estatales y en el Código Municipal.

JEBM